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El final del raoming toda la verdad

El final del raoming toda la verdad

El fin de raoming significa que no se podrá cobrar recargo por los datos móviles utilizados, llamadas realizadas o los mensajes enviados en la Unión Europea. Con el fin del roaming, el pagar se acaba. Al menos, los costes extras por el uso del teléfono móvil en la Unión Europea. Gracias a la normativa que impide cobrar recargo por los datos utilizados, las llamadas realizadas o los mensajes enviados, los usuarios que salgan fuera de las fronteras del país de nacimiento, notaremos cierto alivio en los bolsillos.

Puedes escuchar el podcast de la emisión en Radio Rioja Cadena SER

La medida que acaba con el roaming entro en vigor el 15 de junio, día en que los usuarios de toda la Unión Europea nos beneficiamos del fin del recargo por la itinerancia. Esto supone, por ejemplo, que a un usuario español le cuesta lo mismo llamar por teléfono o consultar su WhatsApp desde Madrid que desde Berlín. Siempre y cuando se cumplan unos límites.

Lo que implica el fin del roaming

El fin del roaming supone la eliminación del recargo por itinerancia, es decir, los costes adicionales que cobraban las operadoras a los ciudadanos europeos, cuando estaban en otro país de Europa y usábamos para ello a otra red distinta a la que teníamos contratada.

Importante el recargo de itinerancia es historia a partir del 15 de junio. Aunque en Eurovisión participen  43 países. Solo los 28 países que conforman la Unión Europea. No pagaremos por raoming.

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumanía y Suecia.

Y también está incluido Reino Unido. Que aunque esta que se sale de Europa. El Reino Unido eliminará la itinerancia igual que el resto de países de la Unión Europea.

Los operadoras se están adaptando a este cambio. Incluyendo la itinerancia “como en casa” por defecto en los contratos que ofrezcan a las personas.

Los operadores de telecomunicaciones tendrán que pagarse entre ellos por los servicios de telefonía que utilizan sus clientes en otros países de la UE. Para lo que se han fijado unos precios máximos mayoristas. (0,032 euros por minuto para las llamadas; 0,01 euros para los mensajes sms y 7,7 euros por gigabyte de datos, que será de 6 euros a partir del 1 de enero de 2018; 4,5 euros en 2019; 3,5 euros en 2020; 3 euros en 2021 y 2,5 euros en 2022).

Con los precios que se pagan entre ellas, se pretende permitir a los operadores ofrecer esa itinerancia sin recargo a los clientes ni aumentar los precios internos, al tiempo que garantizan que los operadores de destino países puedan recuperar costes sin aumentar los precios domésticos y permitir el mantenimiento y la mejora de redes en toda Europa.

Hay límites en el consumo de datos móviles. Es el caso de los clientes con contratos que ofrecen datos ilimitados o de datos a precios muy bajos, Por ejemplo  25 GB por 20,6 € + IVA. Cuando viaje al extranjero seguirá disfrutando de llamadas y mensajes de texto pero, en cuanto a los datos podrá tener costes adicionales.

Superado ese límite, el operador podrá aplicar un pequeño recargo.

El fin de la itinerancia está pensado para beneficiar la libre movilidad de personas en periodos cortos, viajes de trabajo o vacaciones, pero no para el uso continuado en el tiempo de la red de telefonía de una operadora extranjera. Lo que se denomina “roaming o itinerancia permanente”

Por eso se ha establecido un periodo de cuatro meses, suficientemente amplio para abarcar todo tipo de pequeñas estancias en el extranjero. Las operadoras comprobarán que los usuarios, no han utilizado su móvil más tiempo en otros territorios diferentes al país en el que contratamos la línea telefónica.

Para detectar un posible abuso

En los casos en los que se detecte que en los últimos cuatro meses el usuario ha utilizado más su móvil en el extranjero que en el país de origen, su operadora podrá pedirle explicaciones y solicitarle que demuestre que reside en el país o que tiene vínculos estables con ese Estado miembro.

Los clientes tendremos un plazo de 14 días para ofrecer una respuesta a la compañía y justificar que se encuentra en otro país por una causa razonable, como, por ejemplo, un desplazamiento de empresa, o estar disfrutando de una beca Erasmus.

En los casos en los que el usuario no pueda justificar por qué utiliza más su línea móvil de contrato fuera de su país de origen que dentro. La operadora iniciara un procedimiento de reclamación y podrá imponerle que sea él quien pague el precio mínimo establecido por la Comisión Europea. Si el cliente no está de acuerdo, podrá recurrir a la autoridad reguladora nacional, que se encargará de resolver la situación entre ambos.

Qué pasa en las fronteras

Disponen de una protección específica. La gente que viva cerca de la frontera y sufra conexiones involuntarias a las redes de algún país vecino podrá estar tranquila. Con que a lo largo de todo el día, el teléfono se conecte tan solo una vez a la red nacional, ese día no será contabilizado como Roaming.

fuentes: http://www.elconfidencial.com https://elandroidelibre.elespanol.com

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Alberto S Vicente

Experto en redes sociales. Conocedor de la gestión y mantenimiento de la presencia online. Y experiencia en la gestión de contenidos online. Con ánimo de divulgar de las bondades del social media. Si tienes algún comentario del tipo que sea, no dudes en comentarlo.

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